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Mostrando entradas de junio, 2024

EL ALCANCE DE UNA CORRECCION DE ERROR MATERIAL EN DERECHO DOMINICANO.

   Por M. A. Andrea Fernandez.  Recientemente y en unas de esas litis, que les sacan canas verdes al mejor de los litigantes, encontre esta jurisprudencia que fue de mucha ayuda y quiero compartir con ustedes los seguidores de este blog, y amigos todos. " Sobre el alcance de una solicitud de corrección de error material es preciso señalar que, en la Resolución TC/0003/19, del ocho (8)  de agosto de dos mil diecinueve (2019), este Tribunal Constitucional  indicó que: Si bien es cierto que el error material involuntario, en el  ámbito jurídico, ha sido definido, en principio, como una equivocación  de carácter tipográfico ─numérica o gramatical─ contenida en una  actuación, que no modifica la esencia del derecho, ni su objeto,  ni su sujeto, ni su causa; razones por las cuales su corrección  no requiere interpretaciones jurídicas de ninguna índole.  Es igual de cierto que dicha figura no solo deriva de errores  de tipografía, s...

POSICION DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA SOBRE LAS CAUSALES DE DIMISION.

  Por M. A. Andrea Fernandez. Mas de un jurista o abogado en ejercicio se puede preguntar que sucede si lanzo una demanda porque existen varias presumibles causas por las cuales un trabajador ha dimitido, pero solo puedo probar una de ellas. Se invalida mi demanda por no poderlas probar todas? Nuestra Suprema Corte de Justicia ha establecido en casos como estos, lo siguiente:   Cuando un trabajador pone término al contrato de trabajo por dimisión, invocando varias causas para justificarla, basta con probar una de ellas para que la misma sea declarada justificada. Sentencia 12 de noviembre del 2003, B. J. 1116, página 699 y 706. El trabajador no tiene que probar todas las faltas invocadas para la dimisión sea justificada, basta con una de ellas.- Sentencia 27 de noviembre del 2002, B.J. 1104, Páginas 695-702. 2024. Fernandez Pujols & Asociados, S. R.L. Todos los derechos Reservados. 

La muerte no interrumpe de pleno derecho la instancia.

Por M. A. Andrea Fernandez.    La muerte de una de las partes no interrumpe de pleno derecho la instancia.  La parte contraria, a la cual no le haya sido notificada dicha muerte, puede,  hasta el momento de esa notificación, continuar válidamente el  procedimiento,siendo en ese caso regulares tanto los actos que  haya realizado como las sentencias que intervengan.  No. 14, Ter., Jun. 2001, B.J. 1087.  Esto responde a la pregunta, que sucede si en medio de una litis,  pleito o controversia muere una de las partes.  Adicionalmente, podemos agregar que esto es valido  para todas las materias.  2024. Fernandez Pujols & Asociados, S. R.L. Todos los derechos Reservados. 

Derecho Corporativo. Tipos de Asambleas Generales.

  Por M. A. Andrea Fernandez. La ley 479-08 o Ley General de las Sociedades Comerciales y Empresas es la que en la actualidad regula y establece el ambito de las  asambleas  generales en nuestro pais, y conforme la legislacion vigente.  Existe mucha confusion al respecto, aun entre egresados de las Escuelas de Derecho, y hasta abogados en ejercicio, mientras que otros pensaran que es algo simple, la distincion es de gran importancia, por aspectos de evitar nulidades, entre otros.  De manera simple podemos enumerar los tipos de Asambleas Generales con las que un abogado de derecho corporativo tarde o temprano tendra que redactar y/o revisar. Veamos:  1.- Asamblea Constitutiva.  En la misma  se estudian los estatutos sociales y se aprueban para su  posterior  registro ante el Registrador Mercantil, luego de haber verificado que se han dado todas las formalidades para su redaccion. 2.- Las Asambleas Ordinarias.  El artículo 114 de la ...

El Domicilio Legal en Republica Dominicana.

  Por M. A. Andrea Fernandez.  El domicilio legal   en  Republica Dominicana.-   Como una legislacion base podemos mencionar nuestro Código civil,    en los artículos 102 al 111    establece:   TÍTULO III: DEL DOMICILIO Art. 102. - El domicilio de  todo dominicano,  en cuanto al ejercicio de sus derechos civiles, es el del lugar de su  principal establecimiento.     Art. 103.- El cambio de domicilio se entenderá realizado por el hecho  de tener una habitación real en otro lugar, unido a la intención  de fijar en ella su principal establecimiento.   Art. 104.- La prueba de la intención se deducirá de la declaración expresa hecha,  lo mismo al Ayuntamiento del lugar que se abandone,  que al del nuevo domicilio.  El domicilio legal  es el lugar donde la ley presume,  sin admitir prueba en contra, que una persona reside de una manera  permanente para el ejercicio de sus de...

La Incompetencia Territorial.

 Por M. A. Andrea Fernandez Cuando podemos hablar de incompetencia territorial es una pregunta  que se hace mas  de un litigante, aun los clientes que visitan nuestros  despachos legales.  Cuales serian los factores determinantes de esta figura procesal?  Podriamos decir, que se determina por la naturaleza de la pretensión procesal  y por las disposiciones legales que la regulan,  la naturaleza del derecho subjetivo  que se pretende y busca hacer valer con la demanda y que constituyen  la finalidad de lo que se busca  y la norma aplicable al caso  concreto . Que sucede en el caso de las personas morales? Como podemos determinar la competencia  territorial adecuada, maxime si tiene otros establecimientos diferentes a su sede?  En este caso el juez competente lo constituye el del lugar en  que la demanda   tiene su sede principal sobre disposición  legal en contrario,  y si posee sucursales...