Por M. A. Andrea Fernandez
Cuando podemos hablar de incompetencia territorial es una pregunta
que se hace mas de un litigante, aun los clientes que visitan nuestros
despachos legales.
Cuales serian los factores determinantes de esta figura procesal?
Podriamos decir, que se determina por la naturaleza de la pretensión procesal
y por las disposiciones legales que la regulan, la naturaleza del derecho subjetivo
que se pretende y busca hacer valer con la demanda y que constituyen
la finalidad de lo que se busca y la norma aplicable al caso concreto.
Que sucede en el caso de las personas morales? Como podemos determinar
la competencia territorial adecuada, maxime si tiene otros establecimientos
diferentes a su sede?
En este caso el juez competente lo constituye el del lugar en
que la demanda tiene su sede principal sobre disposición
legal en contrario, y si posee sucursales en el domicilio principal
o ante el juez de cualquiera de esos domicilios.
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