Por M. A. Andrea Fernández. En mas de uno de los casos, los trabajadores al momento de recibir sus prestaciones laborales y derechos adquiridos, firman un documento descargando a su empleador, posteriormente entienden que debieron recibir mas dinero, y formalizan una demanda entendiendo que recibirán nueva vez, y a veces hasta en forma antojadiza Por fortuna, nuestros tribunales están mas que claros en el hecho de que después de firmado un descargo por el colaborador o trabajador, salvo la existencia de protesta en el mismo, tiene plena eficacia y al final se traduce en términos técnicos jurídico en un medio de inadmisibilidad que se deduce de la falta de interés del actor en la persecución judicial. Nos permitimos transcribir una sentencia bastante ilustrativa que trata sobre la validez de los descargos laborales: Considerando que los jueces son soberanos en la apreciación de las pruebas que se les aporten, pudiendo formar su criterio sobre la realidad de los hechos ...
Por M. A. Andrea Fernández. El derecho probatorio es parte esencial del derecho procesal, y es el que regula la producción, admisión, valoración y eficacia de las pruebas en todo proceso judicial, también es quien fija, evalúa, las pruebas para crear en el juzgador una convicción de certeza, según algunos socorridos autores. De ahí que se hace necesario para ser un buen letrado, dominar sus principios. En este domingo lluvioso quiero compartir con todos ustedes estas sentencias de nuestro más Alto Tribunal, sobre la materia, esperando les sea de utilidad, y puedan usarla en sus escritos o argumentarlas in-voce, según sus necesidades. Las declaraciones de las partes no hacen pruebas por sí sola, Sentencia del 26 de Mayo de 1999. B. J. 1062, P. 925. El demandante puede probar los hechos a su cargo por todos los medios legales, pero no por su sola declaración en la comparecencia personal. Sent. 15 dic. 1965, B. J. 661, P.1069 Cuando la sentencia ha aceptado c...